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viernes, 30 de abril de 2010

Ferias de Arévalo

La Feria de Muestras de Arévalo, organizada por la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Arévalo y el Excmo. Ayuntamiento de la ciudad, se va especializando cada vez más en productos de la tierra en el interior de la carpa y en el exterior continúa la maquinaria agrícola y la automoción. Las más de las 30.000 personas que la visitan, corroboran el buen funcionamiento de este evento tan especial para la ciudad.

La Feria de Muestras coincide con la Feria de Antigüedades. En torno a 8.000 personas quedan fascinadas al descubrir las antigüedades que presentan un selecto grupo de anticuarios. Todas las piezas pasan por un riguroso control de calidad del que se ocupa la Asociación de Anticuarios de Castilla y León. Esta Feria es conocida por su calidad, lo que le ha llevado siempre a situarse como una de las ferias de antigüedades más prestigiosas del país.

La VI Edición de la Feria Internacional de Arte Contemporáneo se ha realizado como en ediciones anteriores, en el Espacio Cultural “San Martín” que Caja de Ahorros de Ávila tiene en la ciudad, coincidiendo la fecha de celebración con la Exposición de Premios Arte Joven 2008 organizada de igual manera por esta corporción. Para la Cámara de Comercio esta es la mejor respuesta al compromiso adquirido con la ciudad de crear un punto de encuentro multicultural, ayudar a difundir el mundo del Arte entre todos los públicos y ofrecer al visitante un amplio concepto comercial, turístico y cultural de la ciudad.

jueves, 15 de abril de 2010

Responsabilidad medioambiental


Ley 26/2007, de 23 de octubre,
de responsabilidad
medioambiental

Aplicación y obligaciones
Breve resumen orientativo

Entrada en vigor e implicaciones

• La Ley 26/2007, de 23 de octubre, entró en vigor el 25 de octubre de 2007 con efectos retroactivos a sucesos acaecidos desde el 30 de abril de ese año.
• Según esto, con independencia de otros requisitos marcados en la norma, en caso de que se produzca un suceso afectado por esta, pueden derivarse responsabilidades hacia el operador de las instalaciones desde la entrada en vigor de la norma.


Responsabilidad ambiental

• Responsabilidad medioambiental: abarca la protección de daños o amenazas de daños a recursos estrictamente naturales (suelo; agua; costa; especies silvestres y hábitat protegidos). No incluye daños tradicionales (a las personas o a sus bienes), salvo que se trate de daños medioambientales.
• Según lo anterior, no es previsible que instalaciones pequeñas del anexo III de la Ley situadas en ámbitos urbanos puedan generar daños medioambientales
• Responsabilidad ilimitada: Obliga a devolver el recurso natural dañado a su estado originario cualquiera que sea la cuantía económica a la que ascienda la
reparación.


Responsabilidad según los agentes implicados

• La responsabilidad de los operadores incluidos en el Anexo III es objetiv
es decir, independiente de la concurrencia de cualquier culpa o negligencia. El cumplimiento de las normas o autorizaciones no exime de responsabilidad ( art. 9.1 LR)
• Para el resto de las instalaciones en caso de que se produzcan daños
medioambientales o haya amenaza inminente de que esto se produzca también se aplica la norma cuando haya dolo, culpa o negligencia serán exigibles medidas de prevención, evitación y reparación y cuando no medie dolo, culpa o negligencia serán exigibles las medidas de prevención y evitación.
• La ley afecta a todas las actividades económicas en cuanto a medidas de prevención y evitación de los daños medioambientales y, según los casos, también cuando haya amenaza inminente o daño medioambiental.



Obligaciones de todos los operadores en caso de amenaza inminente o daño

• Todos los operadores:
• Comunicar de forma inmediata a la autoridad competente la amenaza inminente o el daño que hayan ocasionado o puedan ocasionar.
• Adoptar y ejecutar sin demora y sin necesidad de acto administrativo previo todas las medidas preventivas y de evitación apropiadas, sufragar sus costes y ponerlas en conocimiento inmediato de la autoridad.


Obligaciones de los operadores del anexo III y resto en caso de daño

• Los operadores de actividades incluidas en el Anexo III y el resto de los operadores cuando concurra dolo, culpa o negligencia:

– Adoptar las medidas provisionales necesarias para reparar los recursos naturales y servicios de recursos naturales dañados e informar a la autoridad competente de las medidas adoptadas.
– Recopilar la información necesaria para determinar la magnitud del daño y ponerla en conocimiento de la autoridad competente.
– Determinar la significatividad del daño
– Determinar las medidas reparadoras y elaborar un proyecto de reparación con arreglo a los criterios de la ley y el reglamento y someterlo a la aprobación de la autoridad competente.
– Ejecutar el proyecto de reparación y realizar su seguimiento.
– Elaborar un informe final de cumplimiento y remitirlo a la autoridad competente una vez concluida la ejecución del proyecto de reparación.



Sobre la garantía

• Los operadores de instalaciones incluidas en el Anexo III deben constituir una
garantía financiera para, en caso de suceso, sufragar los gastos de la reparación del daño y adaptada a la entidad de los daños previsibles que la instalación pueda ocasionar.



Sobre como se calcula la garantía financiera

• A este fin los operadores deberán desarrollar un análisis de riesgos de acuerdo con la Norma UNE 150.008 o norma equivalente que deberá ser verificado por verificador acreditado.
• Los análisis de riesgos podrán elaborarse tomando como base los modelos de informe de riesgos ambientales tipo (MIRAT) o en su caso las guías metodológicas desarrollados para cada sector.



Cálculo de garantías en sectores de PYMES homogéneos

• El cálculo de la garantía financiera obligatoria de sectores formados por
pymes muy homogéneas que permita la estandarización de sus riesgos podrán
llevarse a cabo mediante tablas de baremos igualmente aprobadas en las
ordenes ministeriales.
• En este caso no será necesario desarrollar el análisis de riesgos.


¿Cuándo se tiene que desarrollar el análisis de riesgos?

• La realización de los análisis de riesgos necesarios para el cálculo de la cuantía de la garantía financiera prevista en el capítulo III no deberá llevarse a cabo con carácter obligatorio hasta que se publiquen las ordenes ministeriales a las que se refiere la disposición final 4ª de la Ley 26/2007 que se publicarán a partir del 30 de abril de 2010.
• Los MIRAT o las guías metodológicas sectoriales deberán estar elaborados antes de las citadas Ordenes Ministeriales.



Exención de constitución de garantía financiera

• Operadores susceptibles de ocasionar daños cuya reparación es menor de 300.000€.
• Operadores susceptibles de ocasionar daños cuya reparación es mayor de 300.000€ y menor de 2 M € adheridos a EMAS o tienen certificado el cumplimento de la Norma ISO 14001.
• El uso de fitosanitarios y biocidas en agricultura y selvicultura.
• Cuando el operador es una administración publica.

En resumen

• Si se produce una amenaza inminente o un daño, es responsable el operador del anexo III y cualquier operador si hay dolo, culpa o negligencia.
• La constitución de garantía financiera no es obligatoria hasta que se publiquen las ordenes ministeriales que aprueben los MIRAT, las Guías Metodológicas o las tablas de baremos correspondientes a cada sector.
• Si la actividad tiene un riesgo significativo, puede ser recomendable constituir ya la garantía financiera.
• Por ahora no es preciso hacer análisis de riesgos de ninguna actividad, hay que confirmar que el sector a escala nacional está trabajando en el desarrollo de los MIRAT, las Guías Metodológicas o las tablas de baremos según corresponda a cada sector.


Nota final

• Las consideraciones y obligaciones que se han reflejado en esta presentación sobre la aplicación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental tienen carácter orientativo pudiendo quedar matizadas según los casos particulares y sin que constituyan más que una orientación básica
orientada al cumplimiento de la norma.
• Para más información dirigir un correo electrónico al Buzón.

lunes, 5 de abril de 2010

Jornadas TIC

La Red de Asesores Tecnológicos de Castilla y León, promovida por la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, las Cámaras de Comercio de Castilla y León y su Consejo Regional, en colaboración con la Fundación Banesto, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Plan Avanza 2, ponen en marcha una jornada gratuita para promover el uso de nuevas tecnologías entre PYMES y autónomos de la región, bajo el lema “SUBE A LA BANDA”.

El objetivo de esta jornada es el de sensibilizar a los empresarios en la implantación y uso de las aplicaciones tecnológicas más actuales como vehículo fundamental para lograr un mayor rendimiento y productividad en su negocio; así como dar a conocer los nuevos modelos de negocio que están surgiendo en Internet.

Así mismo se presentarán los servicios de asesoramiento tecnológico gratuito de la Red de Asesores Tecnológicos de Castilla y León.

Este evento se celebrará en Arévalo el 15 de abril de 2010 en la Casa del Concejo (Plaza del Real, 20) a partir de las 19,30 horas.

ASISTENCIA GRATUITA, previa inscripción en el teléfono 652 985 392 o en el e-mail: asesor.tic@cocicyl.es

Entre los asistentes sortearemos un portátil.

PROGRAMA:

BLOQUE 1. TECNOLOGIA REQUERIDA
· Tecnología requerida para el acceso a internet
o Hardware y dispositivos actuales
o Software
o Comunicaciones

BLOQUE 2. INTERNET EN EL SIGLO XXI. APLICACIONES DE USO GENERAL
· Aplicaciones y servicios de las Nuevas Tecnologías
· Aplicaciones de negocio. Google
· Códigos BIDI o Códigos QR.
· Trámites con la Administración
· Banca electrónica.

BLOQUE 3. GENERACIÓN DE NEGOCIO EN INTERNET. REDES SOCIALES
· Concepto de Red Social
· Redes sociales profesionales
· Estrategia en medios sociales
· Marketing viral
· Casos de éxito en redes sociales

BLOQUE 4. CASOS DE ÉXITO EN INTERNET
· Casos de éxito en internet
o Sector agrario y ganadero
o Sector alimentación
o Agencias de viajes
o Entorno rural
o Etc.

Más información: www.subealabanda.es